miércoles, 2 de mayo de 2012

Parte 1 Bebidas Energizantes


Bebidas Energizantes:
¿Qué se entiende por bebidas energizantes? ¿Por qué algunos autores sugieren la denominación de bebidas estimulantes? ¿Es correcto incluirlas como bebidas funcionales?
Son bebidas analcohólicas, generalmente gasificadas, compuestas básicamente por cafeína e hidratos de carbono, azúcares diversos de distinta velocidad de absorción, aminoácidos, vitaminas, minerales, extractos vegetales, acompañados de aditivos acidulantes, conservantes, saborizantes y colorantes.
En Argentina, a través de la disposición 3634 (ANMAT), se encuadró a las “bebidas energizantes” como suplementos dietarios y esta clasificación establece una serie de frases obligatorias que deben colocarse en el rótulo. Se definen también como “bebidas no alcohólicas que tengan en su composición ingredientes tales como taurina, glucuronolactona, cafeína e inositol, acompañados de hidratos de carbono, de vitaminas y/o minerales u otros ingredientes autorizados.”  
Estas bebidas fueron creadas para “incrementar la resistencia física, proveer reacciones más veloces a quien las consumía, lograr un nivel de concentración mayor, evitar el sueño, proporcionar sensación de bienestar, ayudar a eliminar sustancias nocivas para el cuerpo y otros beneficios”. Hoy, no es visto como un tema de menor importancia, debido al descontrol y la mala y/o poca información por parte de quienes más la consumen, los jóvenes.
Un alimento funcional, además de proporcionar nutrientes, proporciona igualmente un efecto benéfico sobre la salud. Quizás decir “bebidas funcionales” no sería el término correcto, porque hoy en día no hay conciencia y/o información a nivel poblacional respecto a su función en el organismo, beneficios y consecuencias. Pero si, se manifiestan como un alimento funcional, ya que fueron elaboradas con un fin específico: brindar al consumidor vitalidad en aquellos momentos en que la persona lo crea necesario, ya sea para ocasiones de extrema actividad física o esfuerzos físicos/ mentales, regenerando el de agotamiento y la fatiga.
A nivel poblacional sería positivo aclarar sus funciones, para quienes están destinadas, consecuencias del exceso y beneficios.
Como todo alimento funcional, su consumo no pretende reemplazar ningún alimento, y si aportar algún tipo de  beneficio adicional al consumidor, cuando en ocasiones su uso sea justificado.
En la actualidad existe el proyecto que requiere incluir en el Código Alimentario el artículo 1388, respecto a la reglamentación y regularización de las bebidas energizantes con cafeína y taurina, mediante la definición: “a aquella bebida no alcohólica gasificada o no, que contenga en su composición cafeína y taurina asociadas o no, con glucuronolactona y/o inositol, con sus valores limites. Además pueden tener hidratos de carbono, vitaminas, minerales y/o aminoácidos.
 Algunos prefieren nombrar a las bebidas energizantes como “estimulantes”, porque debido a su composición tienen acción farmacológica estimulante, luego de metabolizadas por el organismo, actuando como estimulantes del sistema nervioso central y del metabolismo, creando una falsa sensación de energía.
Decir entonces que es una bebida energética, quizás no sería el mejor término, porque no solo provee “energía” originaria de nutrientes como carbohidratos, para objetivos individuales, sino que además otras sustancias, que no les es dada la importancia que necesita.

Referencias:
http://www.ccm.itesm.mx/alumnos/archivos/bebidasenergizantes.pdf
Martha Melgarejo: “El verdadero poder de las bebidas energéticas”. Disponible en: http://www.nutrinfo.com/pagina/info/ene01-05.pdf
http://www.food-info.net/es/ff/intro.htm

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